Sentencia del Tribunal Constitucional de 3 de julio de 2019.

(STC de 3 de julio de 2019, cuestión interna de inconstitucionalidad núm. 688/2019)

La doble proporcionalidad aplicada por la ley es doblemente inconstitucional por vulnerar el derecho a la igualdad en la ley y el principio de no discriminación en su manifestación indirecta.

la determinación de la cuantía de las pensiones de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial  deberá realizarse sin tomar en consideración el coeficiente de parcialidad, es decir, sin la reducción derivada del mismo. No obstante, el alcance de esa declaración de inconstitucionalidad y nulidad se modula estableciendo que habrá de preservarse la cosa juzgada, así como que, en virtud del principio constitucional de seguridad jurídica (art. 9.3 CE), la modulación de los efectos del pronunciamiento se extenderá en este caso a las posibles situaciones administrativas firmes.

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