Sexismo lingüístico y Derecho Penal

Han sido muchas las reacciones a propósito del artículo “Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer”, del académico Ignacio Bosque, sobre la visibilidad de la mujer en los usos del idioma.

Hoy, 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, me declaro abiertamente feminista, si eso significa exigir iguales derechos para mujeres y hombres. Sin matices. Ninguno. Y a ultranza.

Pero tengo serías dudas de que algunas propuestas sobre el uso adecuado del idioma (críticas con el citado artículo), en relación con la visibilidad de la mujer, contribuyan a esa igualdad.

Estoy muy de acuerdo en que asumimos en ocasiones como correctas ciertas expresiones que, verdaderamente, encierran discriminaciones hacia la mujer (muchos ejemplos pueden verse en el artículo que sirve ahora de referencia). Pero también creo que el uso no marcado (o genérico) del masculino para designar los dos sexos no debería plantearse en términos de desigualdad. Esto último ocurre en muchas normas jurídicas (por ejemplo, en varios de los tipos del Código penal). Y no creo que contribuya a la desigualdad que, ciertamente, existe. Me pongo hoy, como siempre, frente a quien propugne desigualdades entre hombres y mujeres. Pero no rechazo lo que, entiendo, no las crea.

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Un comentario

  1. La RAE ha publicado un texto exponiendo su postura frente al supuesto sexismo lingüístico que ciertas prácticas conllevan y la visibilidad de la mujer. Firmado por Ignacio del Bosque y otros 25 académicos de la lengua, Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer arremete contra una serie de guías de lenguaje no sexista elaboradas por universidades, comunidades autónomas, ayuntamientos, UGT, CCOO y el Ministerio de Igualdad. En estas guías se pone especial énfasis en no hacer uso del genérico masculino en expresiones o términos que hagan referencia a ambos sexos.

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