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El pasado 18 de febrero, el Consejo de Ministros nombró a Santiago Durán como nuevo presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en sustitución de Enrique Rubio, que llevaba en dicho cargo desde noviembre de 2016.

Santiago Durán ha ocupado la presidencia de la Asociación Profesional de Inspectores de Seguros del Estado (Apise) hasta su nombramiento, ya que es funcionario de este cuerpo superior. Entre otros aspectos destacables de su brillante carrera profesional, podemos mencionar que asumió la jefatura del área de control de calidad en el ICAC o la jefatura de equipos de Inspección en el ámbito de la contabilidad, solvencia y prevención del blanqueo de capitales de entidades aseguradoras en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

El ICAC es un organismo autónomo, adscrito al actual Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que rige su actuación por las leyes y disposiciones generales que le sean de aplicación y, especialmente, por lo que para dicho tipo de Organismo público dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por lo establecido específicamente en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en el Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1517/2011, y en su Estatuto, aprobado por Real Decreto 302/1989.

Para el profano en el sector de la auditoría y, en general, en el campo contable, este organismo  puede resultar relativamente lejano; no obstante, es un ente básico para el buen funcionamiento de la economía. Se podría decir, grosso modo, que asume dos grandes funciones: a) la regulación contable y b) la supervisión de la auditoria contable. Además, bajo su dependencia se encuentra el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. El artículo 2 del Real Decreto 302/1989, establece su lista de funciones, destacando por su relevancia las siguientes:

– Elaboración del Plan General de Contabilidad adaptado a las Directivas de la Comunidad Económica Europea y el establecimiento de los criterios para su desarrollo, así como la actualización y mejora de la normativa vinculada a la planificación contable y la actividad de auditoría de cuentas.
– El control y disciplina del ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas.

En este sentido, en los últimos años, han resultado llamativas las cuantiosas sanciones que el ICAC ha impuesto a algunas Big Four. También distintas afirmaciones en sus informes o memorias que cuestionaban el correcto funcionamiento de las grandes auditoras. De hecho, diversas fuentes difundieron el año pasado la disconformidad del sector de la auditoría con este devenir y su deseo de que el ICAC pasase a depender de la CNMV. Sin profundizar en los encontronazos entre el supervisor y los supervisados, finalmente se ha sustituido a su presidente. Juzgar si el motivo del cambio en la presidencia está relacionado con las pretensiones del sector de la auditoría o, en cambio, se integra dentro de la habitual rotación de cargos que acontece con la venida de un nuevo gobierno, se lo dejamos al lector.