{"id":289,"date":"2012-02-25T14:58:24","date_gmt":"2012-02-25T14:58:24","guid":{"rendered":"http:\/\/www.derechoudima.com\/?p=289"},"modified":"2016-01-26T17:25:03","modified_gmt":"2016-01-26T17:25:03","slug":"la-mayoria-de-licenciados-en-derecho-hara-el-master-de-acceso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/la-mayoria-de-licenciados-en-derecho-hara-el-master-de-acceso\/","title":{"rendered":"La mayor\u00eda de licenciados en Derecho har\u00e1 el m\u00e1ster de acceso"},"content":{"rendered":"<p>S\u00f3lo los estudiantes matriculados en la  Licenciatura en Derecho antes de la publicaci\u00f3n de la Ley de Acceso a la  Abogac\u00eda, es decir el 31 de octubre de 2006, estar\u00e1n finalmente exentos  de realizar el m\u00e1ster de acceso obligatorio, seg\u00fan han confirmado a  EXPANSI\u00d3N fuentes oficiales del Ministerio de Justicia.<\/p>\n<div>\n<p><strong><em>Expansi\u00f3n 16.02.2012<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Los  alumnos que se hubieran inscritos en estudios universitarios  conducentes a la obtenci\u00f3n de t\u00edtulos de Derecho cuando la Ley 34\/2006  de 30 de octubre se public\u00f3 en BOE, no estar\u00e1n obligados a la obtenci\u00f3n  de los t\u00edtulos profesionales para el ejercicio colegiado, es decir,  superar un m\u00e1ster obligatorio y un examen posterior. Estos estudiantes  tendr\u00e1n un plazo de dos a\u00f1os para colegiarse a partir de la obtenci\u00f3n  del t\u00edtulo de Licenciado en Derecho.<\/p>\n<p>Con esta decisi\u00f3n,  consensuada entre los departamentos de Justicia y Educaci\u00f3n, la gran  mayor\u00eda de los estudiantes que acaben sus estudios de licenciatura en  Derecho entre 2012 y 2015 (\u00faltimo a\u00f1o previsto de la licenciatura)  tendr\u00e1n que completar un posgrado y una prueba antes de poder  colegiarse, puesto que el grueso de ellos empez\u00f3 sus estudios tras 2006.<\/p>\n<p>El  Ministerio explica en un texto sobre las intenciones de la reforma, al  que ha tenido acceso este diario, que \u201cel objetivo de la reforma es dar  satisfacci\u00f3n a las leg\u00edtimas expectativas de los estudiantes de Derecho  que, en el momento de la publicaci\u00f3n de la Ley 34\/2006, sobre Acceso a  las profesiones de Abogado y Procurador, se encontraban matriculados, y,  como consecuencia de la publicaci\u00f3n de la misma ven completamente  alteradas las condiciones de acceso a las profesiones de Abogado y  Procurador\u201d.<\/p>\n<p>Para llevar a cabo esta reforma, se introducir\u00e1 en  la Ley una nueva Disposici\u00f3n Adicional. El citado texto argumenta que  \u201cla modificaci\u00f3n que se aprobar\u00e1 es congruente con la Exposici\u00f3n de  Motivos de la propia Ley\u201d. Sin embargo a\u00f1ade que, \u201cel plazo de vacatio  legis de 5 a\u00f1os que fij\u00f3 inicialmente la norma se ha revelado  insuficiente para dar satisfacci\u00f3n a unos estudiantes que no han podido  completar sus estudios en 5 a\u00f1os\u201d.<\/p>\n<p>La reforma en este sentido  \u201ctratar\u00eda de resolver problemas, por ejemplo, de los estudiantes de  doble licenciatura, los que compatibilizan sus estudios con actividades  laborales, las personas aquejadas por alguna enfermedad o que tengan  personas a su cargo\u201d.<\/p>\n<p><strong>Marcha atr\u00e1s<\/strong><\/p>\n<p>La  propuesta de reforma de la Ley 34\/200, que han acordado Justicia y  Educaci\u00f3n, rectifica lo expresado por el ministerio que dirige  Ruiz-Gallard\u00f3n a EXPANSI\u00d3N semanas atr\u00e1s, en cuanto a que se pretend\u00eda  establecer una reforma distinta para que los licenciados en Derecho que  finalizaran en 2012 y 2013 no tuvieran que realizar el m\u00e1ster de acceso.<\/p>\n<p>Pero  sobre todo, esta reforma contradice a la propuesta no de ley que el  pasado viernes 10 de febrero el grupo Popular present\u00f3 y fue admitida en  el Congreso de Diputados, donde se instaba al Gobierno a reformar la  Ley 34\/2006 para que todos los licenciados en Derecho no debieran cursar  estudios de posgrado para poder colegiarse.<\/p>\n<p><strong>En posesi\u00f3n del t\u00edtulo<\/strong><\/p>\n<p>Otra  de las novedades que conllevar\u00e1 la futura modificaci\u00f3n contemplar\u00e1 la  expedici\u00f3n de los T\u00edtulos profesionales por parte del Ministerio de  Justicia. Adem\u00e1s, para acabar con la incertidumbre generada por el  apartado 3 de la Disposici\u00f3n Transitoria Tercera se aclara que \u201cno es  necesario estar en posesi\u00f3n del T\u00edtulo de Licenciado o Grado en Derecho  (haber pagado las tasas acad\u00e9micas), sino que basta estar en condiciones  de obtenerlo, es decir, no es necesario estar en la posesi\u00f3n material  del T\u00edtulo sino haber concluido sus estudios en el momento de entrar en  vigor la Ley\u201d.<\/p>\n<p>Con este \u00faltimo cambio, se pretende salvaguardar  los derechos de los Licenciados que habiendo finalizado sus estudios y  obteniendo el Titulo, por el retraso o descuido en la solicitud de los  T\u00edtulos a la Universidades, queden excluidos del \u00e1mbito de la  Transitoria de la Ley.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S\u00f3lo los estudiantes matriculados en la Licenciatura en Derecho antes de la publicaci\u00f3n de la Ley de Acceso a la Abogac\u00eda, es decir el 31 de octubre de 2006, estar\u00e1n finalmente exentos de realizar el m\u00e1ster de acceso obligatorio, seg\u00fan han confirmado a EXPANSI\u00d3N fuentes oficiales del Ministerio de Justicia. Expansi\u00f3n 16.02.2012 Los alumnos que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":1331,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/289"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=289"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/289\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1480,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/289\/revisions\/1480"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1331"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=289"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=289"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=289"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}