{"id":1930,"date":"2018-02-14T12:06:04","date_gmt":"2018-02-14T12:06:04","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/?p=1930"},"modified":"2018-02-14T12:06:04","modified_gmt":"2018-02-14T12:06:04","slug":"los-cinco-delitos-gobierno-quiere-penar-prision-permanente-revisable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/los-cinco-delitos-gobierno-quiere-penar-prision-permanente-revisable\/","title":{"rendered":"Los cinco delitos que el Gobierno quiere penar con prisi\u00f3n permanente revisable"},"content":{"rendered":"<p>Obtenido de. http:\/\/noticias.juridicas.com (fecha: 14\/02\/2018)<\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre un Anteproyecto de Ley Org\u00e1nica de modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal impulsado por el Gobierno y que pretende <strong>ampliar los supuestos delictivos a los que se aplica la prisi\u00f3n permanente revisable.<\/strong><\/p>\n<p>Esta pena privativa de libertad se introdujo en el ordenamiento espa\u00f1ol mediante las leyes org\u00e1nicas, de reforma del C\u00f3digo Penal y de modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal, en materia de delitos de terrorismo, ambas del 30 de marzo de 2015, para <strong>sancionar supuestos delictivos de excepcional gravedad<\/strong> a los que se da una respuesta proporcionada.<\/p>\n<p>La prisi\u00f3n permanente revisable es la pena m\u00e1xima en la escala de condenas graves y su aplicaci\u00f3n determina, en funci\u00f3n de los supuestos, un <strong>tiempo m\u00ednimo de cumplimiento antes de plantear la posibilidad de revisi\u00f3n<\/strong>, que puede ir desde los veinticinco hasta los treinta y cinco a\u00f1os seg\u00fan el n\u00famero de delitos cometidos y su naturaleza.<\/p>\n<h2>Revisi\u00f3n de la pena<\/h2>\n<p>Tras el cumplimiento \u00edntegro de esa parte m\u00ednima de la condena, la pena se puede revisar, abriendo la posibilidad a que el penado obtenga la libertad siempre y cuando <strong>se acrediten garant\u00edas de que no cometer\u00e1 nuevos hechos delictivos.<\/strong> Para ello un tribunal colegiado valorar\u00e1 las circunstancias que concurran en ese momento y debe existir siempre un pron\u00f3stico razonable de reinserci\u00f3n social. Aunque la revisi\u00f3n de la pena no es posible hasta transcurridos al menos veinticinco a\u00f1os, por lo general a partir de los quince a\u00f1os, si hay un pron\u00f3stico favorable de reinserci\u00f3n social el penado puede acceder al tercer grado. En los casos m\u00e1s graves, aunque la revisi\u00f3n no sea posible hasta los 35 a\u00f1os, es a partir de los 32 a\u00f1os cuando el penado puede tener acceso al tercer grado.<\/p>\n<p>Se trata de una pena que posibilita y aspira a la reinserci\u00f3n puesto que, adem\u00e1s de ser susceptible de revisi\u00f3n, es compatible con beneficios penitenciarios.<\/p>\n<p>En todo caso, protege a la sociedad porque<strong> evita que salgan de prisi\u00f3n quienes no est\u00e1n en condiciones de reintegrarse<\/strong>, impidiendo que reincidan en sus actos.<\/p>\n<h3>Ocho supuestos actuales<\/h3>\n<p>En la actualidad se aplica de forma muy limitada, ya que solo est\u00e1 prevista para ocho supuestos:<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato de menor de dieciseis a\u00f1os o persona especialmente vulnerable por raz\u00f3n de su edad, enfermedad o discapacidad f\u00edsica o mental.<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato cometido por miembro de grupo u organizaci\u00f3n criminal.<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato m\u00faltiple.<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato terrorista.<\/p>\n<p>&#8211; Homicidio del jefe del Estado o del heredero.<\/p>\n<p>&#8211; Homicidio de jefes de Estado extranjeros o persona internacionalmente protegida por un Tratado que se halle en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>&#8211; Genocidio o cr\u00edmenes de lesa humanidad.<\/p>\n<p>En el tiempo transcurrido desde la reforma de 2015, se han reiterado iniciativas sociales para reclamar la extensi\u00f3n de la prisi\u00f3n permanente revisable a otros supuestos delictivos de extrema gravedad para los que no est\u00e1 prevista su aplicaci\u00f3n en la actualidad. El Gobierno ha de ser sensible a dichas demandas de mejora del ordenamiento penal, en especial si se trata de ofrecer la mayor protecci\u00f3n posible a bienes jur\u00eddicos considerados de primer orden frente a ataques particularmente cualificados.<\/p>\n<h2>Aplicaci\u00f3n a nuevos tipos delictivos<\/h2>\n<p>As\u00ed, atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad que se consideran adecuadamente justificados, se estima procedente ampliar la pena de prisi\u00f3n permanente revisable a los <strong>siguientes tipos delictivos:<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Asesinato cuando se impida u obstruya la recuperaci\u00f3n del cad\u00e1ver a los familiares.<\/p>\n<p>&#8211; Asesinato despu\u00e9s de secuestro.<\/p>\n<p>&#8211; Violaciones en serie.<\/p>\n<p>&#8211; Violaci\u00f3n a un menor tras privarle de libertad o torturarle.<\/p>\n<p>&#8211; Muertes en incendios, estragos (destrucci\u00f3n de grandes infraestructuras) o liberaci\u00f3n de energ\u00eda nuclear o elementos radiactivos.<\/p>\n<p>La prisi\u00f3n permanente revisable es una figura penal habitual y normalizada en Europa. Todos los pa\u00edses de la Uni\u00f3n, salvo Portugal y Croacia, prev\u00e9n la aplicaci\u00f3n de este r\u00e9gimen revisable de forma peri\u00f3dica una vez superada una etapa m\u00ednima de cumplimiento de la pena que oscila entre los doce y los veinteseis a\u00f1os.<\/p>\n<h2>Constitucionalidad<\/h2>\n<p>La constitucionalidad de esta pena est\u00e1 avalada en Espa\u00f1a por los informes que se emitieron por parte de las distintas instituciones con ocasi\u00f3n de la elaboraci\u00f3n de la norma. Adem\u00e1s, el Estatuto de la Corte Penal Internacional prev\u00e9 esta pena y con el mismo periodo para la revisi\u00f3n que Espa\u00f1a, veinticinco a\u00f1os, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha confirmado de forma reiterada que se ajusta a la Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos puesto que la revisi\u00f3n ofrece al penado un horizonte de liberaci\u00f3n y la posibilidad de reinserci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Obtenido de. http:\/\/noticias.juridicas.com (fecha: 14\/02\/2018) El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre un Anteproyecto de Ley Org\u00e1nica de modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal impulsado por el Gobierno y que pretende ampliar los supuestos delictivos a los que se aplica la prisi\u00f3n permanente revisable. Esta pena privativa de libertad se introdujo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1930"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1930"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1930\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1932,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1930\/revisions\/1932"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1930"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1930"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1930"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}