{"id":1881,"date":"2017-07-02T22:32:51","date_gmt":"2017-07-02T22:32:51","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/?p=1881"},"modified":"2017-07-02T22:41:37","modified_gmt":"2017-07-02T22:41:37","slug":"cervantes-y-el-trasfondo-juridico-del-quijote-de-luis-maria-cazorla-prieto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.udima.es\/derecho\/cervantes-y-el-trasfondo-juridico-del-quijote-de-luis-maria-cazorla-prieto\/","title":{"rendered":"Cervantes y el trasfondo jur\u00eddico del Quijote de Luis Mar\u00eda Cazorla Prieto"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Durante la moci\u00f3n de censura presentada al Gobierno de Espa\u00f1a por el grupo parlamentario Unidos Podemos el pasado 13 de junio, el Ministro de Educaci\u00f3n, Cultura y Deporte, I\u00f1igo M\u00e9ndez de Vigo, se distra\u00eda leyendo un librito mientras otros diputados se entreten\u00edan con sus tel\u00e9fonos m\u00f3viles. Le\u00eda el Ministro un ensayo titulado \u201cCervantes y el trasfondo jur\u00eddico del Quijote\u201d (Editorial Aranzadi, 2016), escrito por el abogado, catedr\u00e1tico de la Universidad Rey Juan Carlos y acad\u00e9mico de n\u00famero de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislaci\u00f3n, Luis Cazorla Prieto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Imposible result\u00f3 hacerse con el librito en Madrid, agotado en todas las librer\u00edas. Cualquier persona interesada en leerlo en estos d\u00edas tendr\u00e1 que, o bien desarrollar una cierta paciencia mientras se publica una segunda edici\u00f3n que, seg\u00fan los libreros consultados, ya est\u00e1 en marcha, o bien adquirirlo a trav\u00e9s de Iberlibro con una paciencia similar. En el momento de escribir estas l\u00edneas solo est\u00e1 disponible un ejemplar en la librer\u00eda Agapea de M\u00e1laga.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Luis Cazorla Prieto, en su ensayo, demuestra estar fascinado por la lectura del <em>Quijote<\/em>, libro que ha descubierto en la madurez de la vida y al que ha dedicado tiempo y esfuerzo, pues \u201cla literatura no ense\u00f1a nada a nadie, porque la literatura no proporciona conocimientos: los exige\u201d, en palabras de Jes\u00fas G. Maestro. A fin de adquirir esos conocimientos necesarios para entender un libro como el <em>Quijote<\/em>, el autor, seg\u00fan nos informa a trav\u00e9s de las notas a pie de p\u00e1gina, ha le\u00eddo a Am\u00e9rico Castro, Aza\u00f1a, Ortega, Dom\u00ednguez Ortiz, Fern\u00e1ndez \u00c1lvarez\u2026, pero tambi\u00e9n a Cast\u00e1n V\u00e1zquez, Montoya Melgar, Olivencia, Alcal\u00e1-Zamora, Tom\u00e1s y Valiente\u2026, y a Jos\u00e9 Canalejas. En nota a pie se cita un texto de este \u00faltimo: \u201c\u2026est\u00e1 recopilado en el <em>Quijote<\/em> por Cervantes, as\u00ed el pensamiento jur\u00eddico de las masas populares, como las grandes ense\u00f1anzas de los ilustres pensadores que iluminan la ciencia del derecho en los siglos XVI y XVII\u201d (\u201cDon Quijote y el Derecho\u201d, Ateneo de Madrid, 1905).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El pensamiento jur\u00eddico de las masas populares es el que asombra a Cazorla Prieto cuando en el <em>Quijote<\/em> lee referencias constantes a lo que \u00e9l denomina el \u201cDerecho\u201d; y es esa abundancia de referencias al \u201cDerecho\u201d lo que le lleva a leer e informarse sobre la vida de Cervantes, que es el objeto del librito, un resumen de los avatares de la vida de Cervantes y su relaci\u00f3n constante con pleitos y pendencias. Nada se propone el autor a\u00f1adir a las investigaciones sobre Cervantes, el <em>Quijote<\/em> o cualquiera de sus obras, sino hacernos part\u00edcipes de su sorpresa, primero, al descubrir la magnitud del <em>Quijote<\/em> y, segundo, al leer sobre la biograf\u00eda de su autor, Cervantes. Ambas se le revelan como las dos caras de una misma moneda. Lo cierto es que, dejando a un lado la comprensible admiraci\u00f3n que Luis Cazorla Prieto tiene por el <em>Quijote<\/em> (y con ello hace bueno el dicho \u201cm\u00e1s vale tarde que nunca\u201d), el autor se ci\u00f1e a mencionar el famos\u00edsimo discurso sobre las Armas y las Letras. Y es aqu\u00ed donde el pensamiento popular deja paso a \u201clas grandes ense\u00f1anzas de los ilustres pensadores que iluminan la ciencia del derecho en los siglos XVI y XVII\u201d. Si las Letras en Cervantes no son lo que hoy en d\u00eda conocemos por Literatura, las Letras tampoco son lo que hoy en d\u00eda conocemos por Derecho. En Cervantes, las Letras son la pol\u00edtica de gabinete que resuelve conflictos entre Estados, cediendo por escrito lo que se ha ganado por las Armas, o cediendo por escrito lo que se pudiera ganar por las armas. El Derecho es la herramienta de la que se sirve la Pol\u00edtica y, en el contexto de la situaci\u00f3n pol\u00edtica espa\u00f1ola en vida de Cervantes, el Derecho que hay tras las Letras es lo que hoy d\u00eda llamar\u00edamos Derecho Internacional P\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las Armas no se enfrentan al Derecho, sino a una Pol\u00edtica que, en lugar de utilizarlas como herramienta para la defensa de los intereses de Espa\u00f1a, utiliza el Derecho Internacional P\u00fablico de una manera muy particular: cediendo. Lo que se enfrenta en el Discurso de las Armas y las Letras es la pol\u00edtica que se desarrolla entre papeles en la Corte y la que se desarrolla en el Mar Mediterr\u00e1neo contra el turco, en el Oc\u00e9ano Atl\u00e1ntico contra Inglaterra o en el frente de los Pa\u00edses Bajos contra Flandes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y este enfrentamiento entre las Armas y las Letras ha de entenderse no desde un punto estrictamente biogr\u00e1fico-familiar (no transmiten los genes la inclinaci\u00f3n por el Derecho), a trav\u00e9s de lo vivido por Cervantes en relaci\u00f3n con pleitos y tendencias, sino desde un punto de vista biogr\u00e1fico-nacional, en la medida en la que en Espa\u00f1a se estaba produciendo una tensi\u00f3n entre un tipo de Pol\u00edtica que requer\u00eda de una acci\u00f3n militar contundente, y de otro tipo de Pol\u00edtica, que requer\u00eda a su vez contenci\u00f3n militar y acuerdos de \u201cLetras\u201d. En este punto aparecen en el <em>Quijote<\/em> \u201clas grandes ense\u00f1anzas de los ilustres pensadores que iluminan la ciencia del derecho en los siglos XVI y XVII\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cuando Luis Cazorla Prieto exclama \u201cel Derecho \u00a1siempre el Derecho!\u201d se refiere al derecho civil y al derecho administrativo con los que Cervantes tiene intenso contacto como ciudadano, por un lado, y como comisario de abastos para la Armada o recaudador de tercias y alcabalas en el Reino de Granada, por otro. Pero ese \u201cDerecho\u201d no agota las \u201cLetras\u201d. Cervantes, en su grandioso discurso sobre las Artes y las Letras, trasciende el derecho com\u00fan para situarse en un plano pol\u00edtico de car\u00e1cter internacional cuando ve c\u00f3mo en la lucha por el territorio entre distintos Estados se est\u00e1 perdiendo con las Letras, es decir, con la Pol\u00edtica administrada desde el gabinete mediante la herramienta de \u201clo jur\u00eddico\u201d, lo que se ha ganado con las Armas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Pedro Insua, en su libro <em>Guerra y Paz en el Quijote. El antierasmismo de Cervantes<\/em> (Ediciones Encuentro, 2017) inserta a Cervantes dentro de una tradici\u00f3n que justifica la mayor dignidad de las armas sobre las letras en un contexto de defensa armada del catolicismo, con hom\u00f3logos tales como Alonso de Ercilla, quien en <em>La Araucana<\/em> mantiene una tesis similar con el trasfondo de la guerra entre Espa\u00f1a y Portugal. Pero a los ilustres pensadores que iluminan la ciencia del Derecho de los que habla Canalejas no los encontramos en las novelas, sino en la Iglesia cat\u00f3lica espa\u00f1ola: Francisco de Vitoria, Francisco Su\u00e1rez, Juan de Mariana o Gin\u00e9s de Sep\u00falveda. Son estos quienes se enfrentan desde bases aristot\u00e9licas (\u201cya que, como se ha dicho repetidas veces, la paz es el fin de la guerra, el ocio del negocio\u201d, <em>Pol\u00edtica<\/em>, 1334 a15) a las corrientes erasmistas de base irenistas (\u201cpero despu\u00e9s de que Cristo envainara la espada, negada le est\u00e1 la guerra al cristiano\u201d, <em>Dulce Bellum inexpertis<\/em>, Maguncia, 1521, p\u00e1g. 32, la traducci\u00f3n es m\u00eda), y es este conflicto el que se sit\u00faa como trasfondo jur\u00eddico del <em>Quijote<\/em>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El \u201ctrasfondo\u201d, es decir, aquello que est\u00e1 o parece estar m\u00e1s all\u00e1 del fondo visible de una cosa o detr\u00e1s de la apariencia o intenci\u00f3n de una acci\u00f3n humana (Diccionario de la RAE), aquello que no es visible, que est\u00e1 oculto tras una apariencia o de una intenci\u00f3n, est\u00e1 referido a lo jur\u00eddico de manera secundaria, mediata.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si el <em>Quijote<\/em> tuviera como trasfondo jur\u00eddico las vivencias de Cervantes estar\u00edamos ante un libro de an\u00e9cdotas costumbristas. Pero el <em>Quijote<\/em> no es un libro de an\u00e9cdotas costumbristas, precisamente porque rezuma Pol\u00edtica, siempre con may\u00fasculas, Pol\u00edtica de Estados, por Estados, contra Estados, con Estados, y es en este plano en el que el trasfondo jur\u00eddico del <em>Quijote<\/em> se entiende en toda su plenitud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Paloma Villarreal Su\u00e1rez de Cepeda<\/p>\n<p>Doctora en Derecho<\/p>\n<p>Profesora de la Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA<\/p>\n<p>http:\/\/www.udima.es\/es\/profesor\/paloma-pilar-villarreal-suarez-de-cepeda.html<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Durante la moci\u00f3n de censura presentada al Gobierno de Espa\u00f1a por el grupo parlamentario Unidos Podemos el pasado 13 de junio, el Ministro de Educaci\u00f3n, Cultura y Deporte, I\u00f1igo M\u00e9ndez de Vigo, se distra\u00eda leyendo un librito mientras otros diputados se entreten\u00edan con sus tel\u00e9fonos m\u00f3viles. 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