Hace unos días me encontraba repasando alguna sentencia del TC sobre la interpretación del artículo 31.1 de la Constitución española: «Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio»; y me vino a la cabeza las idas y venidas de los últimos años en materia fiscal en España.

Primero hemos tenido una Amnistía fiscal (Real Decreto-ley 12/2012) mediante la cual, cualquiera que fuese nuestra situación tributaria anterior (a no ser que se hubiera iniciado un procedimiento de comprobación o inspección por parte de la Administración Tributaria) podíamos regular nuestra situación tributaria y desaparecería cualquier posible delito fiscal o de blanqueo de capitales asociado a ella (artículo 180 LGT). Como ya era presupuesto por muchos, esta medida no tuvo el éxito esperado y no se recaudó ni la cuarta parte de lo que se había estimado.

Más tarde, se han vuelto a hacer nuevas modificaciones (Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de la adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude y otras disposiciones) en las que se toman medidas totalmente opuestas a las de la Amnistía fiscal, como por ejemplo, la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, con unas sanciones realmente gravosas en caso de no declararlos.

¿Cuál será la próxima reforma legislativa en materia fiscal? ¿Seguirá perjudicando al ciudadano que tiene su situación tributaria en regla? ¿Beneficiará a los que no lo hacen?