El Congreso de los Diputados ha dado vía libre a la tramitación del proyecto de ley que reforma el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reduciendo el número de comisiones y eliminando la dedicación exclusiva de la mayoría de vocales.
Con 175 votos, el PP más UPN y FAC ha tumbado las enmiendas a la totalidad presentadas por el PSOE, la Izquierda Plural, el PNV, UPyD y ERC a través de las cuales pedían la devolución del texto al Gobierno alegando que conduce a la «muerte» del órgano de gobierno de los jueces y lleva el «teletrabajo» a sus representantes. La retirada del proyecto sumó 131 votos mientras que los nacionalistas de CiU optaron por la abstención.
A lo largo de las cuatro horas de debate en sesión plenaria, grupos como CiU o el PSOE ya han anunciado su intención de incorporar un «importante» número de enmiendas parciales, cuyo plazo de presentación acaba previsiblemente esta mismo jueves. El ministro Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado su intención de debatir y de buscar el consenso por vía de enmiendas.
La norma comienza así su andadura en el Congreso de los Diputados con la intención de ser aplicada en la próxima renovación del órgano de gobierno del Poder Judicial, cuyo mandato vencerá a finales de septiembre.
Uno de los puntos cuestionados por la oposición ha sido la limitación de los vocales ‘liberados’ a los seis miembros de la Comisión Permanente, al presidente y al vicepresidente, frente a los 20 actuales. Los miembros de la Permanente rotarán durante los cinco años de mandato con el fin de evitar «consejeros de primera y de segunda».
El texto también abre la puerta a una mayor participación de los jueces no afiliados, en detrimento de las asociaciones profesionales, y contempla que las Cortes «procuren» respetar la proporción existente en la Carrera judicial entre quienes están o no asociados.
Entre otras cuestiones, el texto evita bloqueos en la renovación a través de un sistema que garantiza que si una Cámaras no elige a sus vocales, el Consejo se forme con los diez nuevos designados por la otra Cámara y los diez que en su día eligió la que ha incumplido el plazo. El nombramiento de vocales con posterioridad no supondrá la ampliación de su cargo más allá de los cinco años de mandato.
Profesor Titular de Derecho Constitucional en UDIMA Universidad a Distancia de Madrid.