El sistema lingüístico establecido en la Ley de Educación de Cataluña (LEDC) se ajusta a la Constitución, siempre que los alumnos terminen la ESO dominando el castellano. Así lo ha declarado el Tribunal Constitucional, que, no obstante, ha declarado inconstitucionales distintos artículos de la citada ley catalana relativos a las guías curriculares por etapas educativas, al considerarlos contrarios a la legislación básica del Estado.
En concreto, el alto Tribunal ha considerado contrarios a la Constitución algunos contenidos de los artículos 52, 58, 59, 61, 65 y 68 LEDC, relativos a la ordenación de las enseñanzas, y de los artículos 112, 117, 120 y 121 LEDC, que reordenaban los cuerpos docentes previstos en la ley estatal.
Especial interés tiene el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en relación al artículo 10 de la LEDC, sobre el derecho y el deber de conocer las lenguas oficiales. El alto tribunal recuerda en este ámbito que cuando el artículo 10.2 LEDC afirma que «los alumnos que se incorporen al sistema educativo sin conocer una de las dos lenguas oficiales tienen derecho a recibir un apoyo lingüístico específico», se debe entender que la atención lingüística que han de recibir los alumnos es tanto para los que no conozcan el catalán como para los que no conozcan el castellano, pues es inconstitucional entender que ese apoyo específico solo rige para los alumnos que desconozcan el catalán.
En definitiva, el citado artículo ha de tener en cuenta, según el Tribunal Constitucional, las dos realidades lingüísticas cuando prevé un apoyo lingüístico específico, dice la sentencia, que se pronuncia sobre la normativa 10 años después de su aprobación por parte de la Cámara catalana.
Asimismo, el Tribunal no considera inconstitucional el hecho de que el artículo 10.4 LEDC solo se refiera al catalán cuando ordena “facilitar a la población no escolar el ejercicio del derecho y el cumplimiento del deber de conocer el catalán”. El máximo intérprete de la Constitución estima en este caso que no es una norma específica del sistema educativo, sino del proceso de normalización lingüística, cuyo objeto es facilitar el conocimiento de la lengua catalana a la población no escolar que no tuvo ocasión de aprenderla en la escuela.
Profesor Titular de Derecho Constitucional en UDIMA Universidad a Distancia de Madrid.