Con un retraso de tres años, la Comisión de Nombramientos del Senado ha propuesto al  pleno del mismo los nombres de Francisco Pérez de los Cobos, Adela Asúa y Luis Ortega (Catedráticos de Derecho) y de José Hernando (ex Presidente del Consejo General del Poder Judicial) para renovar a los  cuatro magistrados del Constitucional que corresponden al Senado.  La ratificación definitiva por el pleno del Senado, que estaba prevista para el 17 de noviembre, se ha fijado para el primer pleno de diciembre.

Al hilo de esta noticia, el diario El País publicó un artículo de Juan José Solozábal (Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid) el pasado día 19 de octubre. Los contenidos más relevantes de dicho artículo pueden resumirse en lo siguiente:

Juan José Solozábal afirma que “no  es labor sencilla establecer, más allá de su competencia profesional e independencia, el perfil de magistrado del TC”. No obstante, el mejor o peor hacer de este órgano jurisdiccional puede depender de una buena o mala elección de sus miembros. A partir de ahí, el profesor Solozábal da algunas pautas para evitar en lo posible que los miembros del TC incurran en riesgos que les impidan cumplir satisfactoriamente sus funciones.

Es preciso, en primer lugar, que no formen parte del TC aquellos juristas que hayan servido en puestos “de adscripción partidista o política innegable  (así, un ex ministro del Gobierno, o cargo asimilable, por ejemplo fiscal general del Estado)”.

Asimismo, el Catedrático de la Autónoma de Madrid incide en la conveniencia de elegir juristas que, en la medida de lo posible, hayan acreditado lealtad al razonamiento jurídico-constitucional frente a sus convicciones morales o religiosas, es decir, juristas “que a la hora de argumentar y decidir antepongan la razón  jurídica a cualquier otro tipo de criterio”.

Por último, Solozábal señala la inconveniencia de que necesaria y convencionalmente el presidente del TS acabe siendo miembro del TC, como si el máximo intérprete de la Constitución fuera otra instancia más del Poder Judicial. Para Solozábal “no se trata de impedir a los  miembros del Supremo formar parte del Constitucional (…), lo que no conviene es aceptar un Constitucional como prolongación del  Supremo, ignorando que las lógicas de ambas jurisdicciones son diferentes y que el perfil del magistrado del TC ha de tener un relieve que no se compadece necesariamente con la práctica y la actitud del aplicador de la legalidad ordinaria, aun con el grado de competencia, independencia y dedicación  de los magistrados del Supremo”.