Los alumnos de Derecho que empezaron su licenciatura en 2007 y 2008 tendrán que realizar un curso puente para convertirse en graduados y realizar así el nuevo acceso a la abogacía o procura, según ha confirmado el Ministerio de Justicia.
CincoDías.com.21.02.2012
La Ley de Acceso a las profesiones de abogado y procurador, que entró en vigor el pasado mes de octubre tras cinco años de vacatio legis desde su aprobación, dejaba varias incógnitas en el aire. Entre ellas, si los estudiantes de la licenciatura de Derecho, que habían empezado la carrera después de la aprobación de la norma, tenían o no que terminar los cinco años y continuar después con los requisitos exigidos de acceso -máster y superar un examen-.
De hacerlo así, esto suponía un agravio comparativo con los alumnos que habían cursado el grado en Derecho, ya que los licenciados tendrían que formarse un año más para ejercer.
Ahora, el Ministerio de Justicia ha decidido resolver este problema creando un curso puente para convertir a los que iban a ser futuros licenciados en graduados. «Muchas universidades españolas seguían ofreciendo durante 2007 y 2008 la licenciatura de Derecho y no el grado, por lo que los alumnos no tuvieron más remedio que cursar la licenciatura», explican desde el ministerio.
Para ellos, Justicia creará el curso puente, con el objetivo de que puedan incorporarse al nuevo acceso a la profesión, que exige cursar un máster y superar posteriormente un examen, de tal forma que no tengan que estudiar más años que los graduados.
Exentos del acceso
Esta, sin embargo, no resultará la única novedad que el ministro Alberto Ruiz-Gallardón ha incorporado a la Ley de Acceso a la Abogacía. Otro cambio se produce entre los que están exentos de seguir la nueva ruta -máster y examen- para poder ejercer. Anteriormente, quedaban exentos todos aquellos que eran licenciados antes de 2005 o habían empezado a estudiar Derecho ese mismo año o con anterioridad.
A partir de ahora, sin embargo, tampoco tendrán que realizar el máster quienes empezaron los estudios en el año 2006, fecha en la que se aprobó la nueva norma, independientemente de cuando terminen de cursar el grado. El Ministerio de Justicia tiene intención de modificar esta ley a través de una disposición adicional.
Sin embargo, les impone la obligación, para poder ejercer como profesionales, de que en los dos años siguientes a la finalización de los estudios tengan que colegiarse.
El Ministerio de Justicia alega que esta reforma de la Ley de Acceso favorece «a muchos estudiantes que compatibilizaban la carrera con actividades laborales, quienes cursan una doble licenciatura, personas aquejadas por alguna enfermedad o aquellas que tengan a otras personas a su cargo».