Los magistrados de la Audiencia Nacional han valorado el comunicado de ETA en el que anuncia el «cese definitivo de su actividad armada» (desde la «satisfacción» hasta el «escepticismo»). En todo caso, como señalan, la misma existencia de la banda terrorista se halla tipificada en el Código penal, por lo que sus miembros han de ser perseguidos y detenidos (art. 571 CP).
En la actualidad, más de un centenar de actos terroristas están siendo investigados en la Audiencia Nacional. Se adjunta una noticia («La Audiencia Nacional investiga más de un centenar de actos de la banda y su entorno«) en la que pueden verse las causas abiertas en este momento.