El auto del TS, ponente Pablo Llarena, de 7 de julio de 2017 analiza el alcance del derecho de defensa.
El acusado fue condenado como autor de un delito continuado de abusos sexuales y un delito continuado de agresión sexual. Su abogado recurrió en casación con muchas deficiencias. El TS lo comunica al colegio de abogados para una nueva designación. Enfatiza la relevancia del derecho de asistencia letrada como necesario para asegurar el proceso con todas las garantías, no pudiendo convertirse en un mero requisito formal y que como dice el TEDH, no basta la mera designación de letrado sino que se exige una asistencia adecuada y que las autoridades nacionales deben intervenir cuando el abogado de oficio fracase, de una forma manifiesta o suficientemente elocuente, en su intento de representar de manera eficaz a su defendido.
El TS considera que además de los instrumentos existentes para garantizar la defensa eficaz (Colegios de Abogados que deben ejercer la función de control), los Tribunales pueden examinar si ha habido o no una defensa adecuada o idónea. El problema estará en fijar los límites para evitar la intromisión judicial en la estrategia defensiva. Y para ello considera que se debería comprobar que el acusado pueda comunicar con su defensor, así como comprobar que el abogado no ha eludido la actividad procesal normalmente observable en la práctica forense respecto de asuntos semejantes y que los instrumentos de defensa que se han empleado, ofrecen una cierta operatividad procesal.
No obstante lo anterior, recorta mucho la función de jueces y tribunales de comprobar que la defensa sea adecuada y concluye que solamente en los casos en los que se aprecie una falta absoluta de defensa, y si puede el Tribunal dar traslado al correspondiente Colegio de Abogados para que designe un nuevo colegiado. Es decir, ya no está hablando de defensa idónea sino de falta de defensa (ausencia absoluta).
Es un tema muy delicado de límites ya que en ningún caso el Juez puede interferir en la estrategia defensiva (de haberla) y debe mantener su imparcialidad.
Doctor en Derecho y profesor del Grado en Criminología de la Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA.