{"id":110,"date":"2011-05-30T08:30:18","date_gmt":"2011-05-30T08:30:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rrhhudima.com\/?p=110"},"modified":"2016-02-02T15:41:38","modified_gmt":"2016-02-02T15:41:38","slug":"el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/","title":{"rendered":"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I)"},"content":{"rendered":"<p>La delicada coyuntura por la que atraviesa nuestro pa\u00eds constituye una realidad manifiesta, de la que, por cierto, resulta ciertamente complejo abstraerse. Sin entrar en mayores debates, no cabe duda de que la econom\u00eda espa\u00f1ola est\u00e1 de capa ca\u00edda, de que recuperar en el corto plazo la senda del crecimiento se antoja una quimera y de que las desazonadoras tasas de desempleo emborronan y oscurecen todav\u00eda m\u00e1s si cabe el horizonte. Todo ello, adem\u00e1s, en un contexto donde las presiones demogr\u00e1ficas y econ\u00f3micas ponen en entredicho la sostenibilidad de nuestro estado del bienestar, abocando inevitablemente a una reforma sustancial de nuestro sistema de pensiones.<\/p>\n<p>Pero no es momento para los lamentos o para el desaliento. La situaci\u00f3n es comprometida, pero no insalvable. Ahora mismo precisamos soluciones v\u00e1lidas para los males que nos aquejan; y, con mayor o menor fortuna, es lo que intentan proporcionarnos nuestros gobernantes. De este modo, el ejecutivo se ha embarcado en una cruzada, plagada de \u201cpeligros\u201d, destinada a lograr una r\u00e1pida y firme salida del atolladero y a poner los cimientos de un nuevo modelo de crecimiento moderno, competitivo y sostenible. Los cr\u00edticos hablan de improvisaciones, de conejos sacados de la chistera; los menos recelosos, de medidas duras, pero que deben ser aplicadas por m\u00e1s que levanten ampollas o resulten socialmente impopulares.<\/p>\n<p>En este sentido, en el \u00e1mbito laboral destaca por encima de todas la reciente reforma laboral, orientada a combatir males end\u00e9micos de nuestro mercado de trabajo, como la excesiva segmentaci\u00f3n de la mano de obra, el recurso abusivo e injustificado a la contrataci\u00f3n temporal como v\u00eda para ganar en flexibilidad o, por se\u00f1alar alguno m\u00e1s, la preferencia por la extinci\u00f3n del contrato de trabajo frente a otras alternativas menos traum\u00e1ticas (e igual de efectivas). Y eso que a\u00fan quedan importantes disposiciones normativas por llegar, como la inminente reforma del modelo de negociaci\u00f3n colectiva, en la que llevan enfrascados varias semanas las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas, y de la que pretende surja una mayor proximidad entre los \u00e1mbitos de concertaci\u00f3n y el d\u00eda a d\u00eda de las empresas.<\/p>\n<p>Pues bien, en esta l\u00ednea se inscribe el Real Decreto-ley 5\/2011, de 29 de abril (BOE del 6 de mayo), aprobado con el prop\u00f3sito fundamental de atajar cuanto antes otra disfunci\u00f3n de envergadura: las altas tasas de empleo sumergido tan caracter\u00edsticas de nuestro sistema de relaciones laborales. Y ello por cuanto, como justifica el pre\u00e1mbulo de la norma, \u201clos efectos negativos de la econom\u00eda sumergida y, en particular, del trabajo no declarado [\u2026] distorsionan el mercado y dificultan el sistema de protecci\u00f3n social y garant\u00edas de los trabajadores\u201d. Lo cual, dicho sea de paso, \u201cdificulta la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica y los objetivos nacionales de reducci\u00f3n del d\u00e9ficit p\u00fablico, precisamente cuando se aumentan las necesidades de gasto en protecci\u00f3n social\u201d.<\/p>\n<p>Para intentar revertir la situaci\u00f3n, el legislador ha optado por articular una serie de mecanismos singularizados por su enfoque inicial m\u00e1s bien indulgente. En consecuencia, en lugar de reforzar directamente los instrumentos de inspecci\u00f3n y de incrementar de manera autom\u00e1tica los castigos que las infracciones llevan aparejadas, ha optado en primer lugar por dar un voto de confianza a quienes incumplen la ley, facultando para que, dentro de un per\u00edodo temporal bien acotado, sean ellos mismos los que regularicen el trabajo no declarado. Eso s\u00ed, con el condicionante de un r\u00e9gimen sancionador m\u00e1s severo una vez agotado el plazo original de amnist\u00eda.<\/p>\n<p>Esta es la raz\u00f3n esencial por la que este RD-ley (al margen de las disposiciones encauzadas hacia el fomento de la rehabilitaci\u00f3n de viviendas), se estructura en dos bloques bien diferenciados:<\/p>\n<p>* Cap\u00edtulo I: medidas destinadas a empresas que se acojan voluntariamente al procedimiento de regularizaci\u00f3n respecto de aquellos trabajadores ocupados de manera irregular (objeto de an\u00e1lisis en este post).<\/p>\n<p>* Cap\u00edtulo II: medidas destinadas a combatir la ocupaci\u00f3n irregular una vez finalizado el proceso voluntario de regularizaci\u00f3n (a valorar en otro momento).<\/p>\n<p>Antes de entrar a detallar los diferentes aspectos en los que se traduce ese Cap\u00edtulo I, parece oportuno realizar las tres precisiones siguientes:<\/p>\n<p>* Primera: sus medidas tienen un car\u00e1cter temporal, nacen con fecha de caducidad: el plazo finaliza el pr\u00f3ximo 31 de julio.<\/p>\n<p>No obstante, queda por ver si, en el futuro, vuelve a lanzarse a bombo y platillo un programa de esta naturaleza, pues el gobierno, una vez transcurridos 6 meses desde la fecha de su entrada en vigor (el pasado 7 de mayo), se ha comprometido a evaluar sus resultados, a la vista de los cuales \u201cproceder\u00e1 a adoptar o promover las medidas de adaptaci\u00f3n o modificaci\u00f3n que resulten adecuadas\u201d (disposici\u00f3n adicional segunda del RD-ley).<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9n sabe? Si no se alcanzaran cotas significativas de regularizaci\u00f3n, quiz\u00e1s opte por ofrecer mayores incentivos; o, en el otro lado de la balanza, por perseguir con mayor mano dura a los infractores.<\/p>\n<p>* Segunda: una duda. \u00bfEste per\u00edodo de gracia se llevar\u00e1 hasta sus \u00faltimos extremos? Es decir, \u00bfimplicar\u00e1 que durante su vigencia (del 7 de mayo al 31 de julio) la inspecci\u00f3n de trabajo y seguridad social bajar\u00e1 un poquito la guardia y limitar\u00e1 el n\u00famero de actuaciones a trav\u00e9s de las cuales dar caza a los presuntos infractores, a quienes, se supone, perseguir\u00e1 con mayor denuedo una vez expirado aqu\u00e9l?<\/p>\n<p>* Tercera: la medida aparece limitada, en exclusiva, a los empresarios que ocupen trabajadores por cuenta ajena, dejando fuera, de manera un tanto discutible, a las personas que, por cuenta propia, ejercen una actividad productiva sin cumplir tampoco con las prescripciones legales de afiliaci\u00f3n o alta en el sistema de la seguridad social. \u00bfDescuido del legislador o exclusi\u00f3n justificada?<\/p>\n<p>Una vez advertido lo anterior, pasemos a definir con superior detalle el contenido del Cap\u00edtulo I del RD-ley. Del mismo procede destacar lo siguiente:<\/p>\n<p>* Como ha sido apuntado, la condonaci\u00f3n va dirigida a los empresarios que ocupen trabajadores de manera irregular por no haber solicitado en tiempo y forma su afiliaci\u00f3n inicial o el alta en la seguridad social.<\/p>\n<p>Para solventar esta torpeza, dispondr\u00e1n de un margen temporal suficiente: hasta el 31 de julio del presente a\u00f1o.<\/p>\n<p>Ahora bien, una cosa es que no vayan a sufrir ning\u00fan tipo de represalia (en forma de sanciones administrativas) si son ellos mismos quienes, por propia voluntad, subsanan la irregularidad, y otra muy distinta que la amnist\u00eda sea total y absoluta&#8230; Por el contrario, quedan obligados a ingresar las correspondientes cotizaciones por el per\u00edodo durante el cual aquellas no fueron satisfechas, con la posibilidad adicional de solicitar un aplazamiento en los t\u00e9rminos que se establezcan reglamentariamente cuando el montante final resulte inasumible en un \u00fanico pago.<\/p>\n<p>La norma no incluye mayores precisiones acerca del ingreso, de modo que otra duda surge casi de inmediato: \u00bfqu\u00e9 garant\u00edas existen de que el empresario va a actuar con honradez, satisfaciendo las cotizaciones debidas desde que el trabajador comenz\u00f3 realmente a prestar servicios para \u00e9l? Porque, de atender al tenor literal de la norma (y a salvo de posteriores desarrollos reglamentarios), lo cierto es que parece quedar en manos del empleador la concreci\u00f3n de dicho extremo. Y, como al menos sucede en Espa\u00f1a, la picaresca suele ser la madre de todas las ciencias&#8230;<\/p>\n<p>* \u00bfY qu\u00e9 otros puntos positivos presenta la regularizaci\u00f3n para el empleador? B\u00e1sicamente, que este \u00faltimo, al reconocer su falta y al tratar de subsanarla, va a evitar que esos hechos puedan ser objeto de sanci\u00f3n administrativa&#8230; Con una \u00fanica y l\u00f3gica salvedad, a saber, que \u201cya se hubiere iniciado una actuaci\u00f3n en la empresa en materia de seguridad social, que tenga por objeto o afecte a las situaciones de hecho \u2013antes\u2013 referidas [&#8230;] o hubieran tenido entrada en la ITSS denuncias, reclamaciones o escritos de cualquier naturaleza relacionados con tales situaciones en la misma empresa, o demandas ante la jurisdicci\u00f3n social\u201d (art. 3.2 del RD-ley).<\/p>\n<p>* De todas maneras, no basta con solicitar la afiliaci\u00f3n o el alta. A estos efectos, sobre el empresario recae tambi\u00e9n la obligaci\u00f3n de \u201cformalizar \u2013se entiende que por escrito\u2013 un contrato de trabajo con el trabajador\u201d, donde constar\u00e1 expresamente que se acoge al proceso de regularizaci\u00f3n (lo cual, adem\u00e1s de un salvoconducto para el empresario, puede servir para seguir y evaluar los resultados de la medida), disponiendo para ello \u201cde cualquier modalidad contractual indefinida o temporal o de duraci\u00f3n determinada, incluidos los contratos formativos\u201d, siempre y cuando, eso s\u00ed, \u201cre\u00fanan los requisitos exigidos para su celebraci\u00f3n\u201d (art. 4.1 del RD-ley); previsi\u00f3n esta \u00faltima de enorme trascendencia respecto de las relaciones de car\u00e1cter temporal (en sentido amplio), para las cuales el elemento causal representa un papel protagonista (aunque ello no ha servido hasta el d\u00eda de hoy para que, en la pr\u00e1ctica, la contrataci\u00f3n temporal se haya ajustado a sus estrictos m\u00e1rgenes).<\/p>\n<p>* Es m\u00e1s, \u201ccuando se trate de contratos de car\u00e1cter temporal o de duraci\u00f3n determinada, su duraci\u00f3n inicial prevista no podr\u00e1 ser inferior a seis meses desde la fecha de solicitud del alta en la seguridad social\u201d.<\/p>\n<p>El principal y discutible inconveniente derivado de esta precisi\u00f3n dimana del hecho de que, para el trabajador, conlleva, al menos en apariencia, la p\u00e9rdida de una garant\u00eda fundamental reconocida en el art\u00edculo 15.2 del ET (as\u00ed lo confirma el art. 4.2 del RD-ley).<\/p>\n<p>Como se sabe, el art\u00edculo 15.2 del ET apunta que \u201cadquirir\u00e1n la condici\u00f3n de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contrataci\u00f3n, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente hubiera podido fijar para el per\u00edodo de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duraci\u00f3n temporal de los mismos, todo ello sin perjuicio de las dem\u00e1s responsabilidades a que hubiere lugar en derecho\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, no parece que el RD-ley cubra los supuestos de contrataci\u00f3n temporal o eventual celebrados en fraude de ley, es decir, aquellos en los que no concurra el elemento causal que les es propio.<\/p>\n<p>* Para terminar, resta referirse al contenido de la disposici\u00f3n final primera de la norma, que matiza muy y mucho el alcance del indulto.<\/p>\n<p>De este modo, \u201clos empresarios que se hubieran acogido al proceso voluntario de regularizaci\u00f3n [&#8230;] sin reunir los requisitos establecidos al respecto o los que, aun reuni\u00e9ndolos, hubieran procedido a la extinci\u00f3n del contrato de trabajo de los trabajadores afectados por la regularizaci\u00f3n antes de seis meses, cualquiera que fuera la modalidad de contrataci\u00f3n utilizada, perder\u00e1n autom\u00e1ticamente el derecho a acogerse a los beneficios y efectos establecidos [&#8230;] \u2013en el RD-ley\u2013 con efectos desde la fecha de la regularizaci\u00f3n. Asimismo, deber\u00e1n reintegrar las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicaci\u00f3n de los programas de empleo obtenidos como consecuencia de esa contrataci\u00f3n\u201d (\u00a1\u00a1\u00a1s\u00ed, s\u00ed, a pesar de haber incurrido en una infracci\u00f3n, la posterior regularizaci\u00f3n no cierra la puerta a la obtenci\u00f3n de los beneficios que esa contrataci\u00f3n pueda llevar aparejada!!!).<\/p>\n<p>Ahora bien, estas previsiones no resultar\u00e1n de aplicaci\u00f3n \u201ca las extinciones por despido disciplinario declarado como procedente, o por dimisi\u00f3n, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador\u201d.<\/p>\n<p>Es m\u00e1s, \u201clos empresarios que incumplan el r\u00e9gimen jur\u00eddico de la regularizaci\u00f3n deber\u00e1n proceder al ingreso de las cuotas de la seguridad social que procedan; todo ello sin perjuicio de la aplicaci\u00f3n de lo establecido en el texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social\u201d. En definitiva, que a pesar de todo, pueden llegar a ser objeto de un procedimiento administrativo sancionador a trav\u00e9s del cual depurar responsabilidades. El interrogante: \u00bfesta previsi\u00f3n alcanza solamente a \u201clos empresarios que se hubieran acogido al proceso voluntario de regularizaci\u00f3n [&#8230;] sin reunir los requisitos establecidos\u201d o se entiende predicable tambi\u00e9n respecto de \u201clos que, aun reuni\u00e9ndolos, hubieran procedido a la extinci\u00f3n del contrato de trabajo de los trabajadores afectados por la regularizaci\u00f3n antes de seis meses\u201d?<\/p>\n<p>En fin, resta preguntarse si este primer bloque de medidas ser\u00e1 realmente eficaz. El tiempo ser\u00e1 el que nos d\u00e9 una respuesta definitiva. Lo que al menos parece claro es que son demasiados los interrogantes que plantea y los aspectos que hubieran precisado de una mayor concreci\u00f3n. Pero bueno, se trata simplemente de una opini\u00f3n personal&#8230;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La delicada coyuntura por la que atraviesa nuestro pa\u00eds constituye una realidad manifiesta, de la que, por cierto, resulta ciertamente complejo abstraerse. Sin entrar en mayores debates, no cabe duda de que la econom\u00eda espa\u00f1ola est\u00e1 de capa ca\u00edda, de que recuperar en el corto plazo la senda del crecimiento se antoja una quimera y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":717,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[41,47],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v22.9 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"La delicada coyuntura por la que atraviesa nuestro pa\u00eds constituye una realidad manifiesta, de la que, por cierto, resulta ciertamente complejo abstraerse. Sin entrar en mayores debates, no cabe duda de que la econom\u00eda espa\u00f1ola est\u00e1 de capa ca\u00edda, de que recuperar en el corto plazo la senda del crecimiento se antoja una quimera y [&hellip;]\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Blog de Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos| UDIMA\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2011-05-30T08:30:18+00:00\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2016-02-02T15:41:38+00:00\" \/>\n<meta property=\"og:image\" content=\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:width\" content=\"506\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:height\" content=\"337\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:type\" content=\"image\/jpeg\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"diego.megino\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"diego.megino\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"11 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\/\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/\",\"url\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/\",\"name\":\"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#website\"},\"primaryImageOfPage\":{\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage\"},\"thumbnailUrl\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg\",\"datePublished\":\"2011-05-30T08:30:18+00:00\",\"dateModified\":\"2016-02-02T15:41:38+00:00\",\"author\":{\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/ede0236070e080a36588e33b94e3dbbf\"},\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/\"]}]},{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage\",\"url\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg\",\"contentUrl\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg\",\"width\":506,\"height\":337,\"caption\":\"Alphabet on paper\"},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Portada\",\"item\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I)\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#website\",\"url\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/\",\"name\":\"Blog de Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos| UDIMA\",\"description\":\"\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":\"required name=search_term_string\"}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/ede0236070e080a36588e33b94e3dbbf\",\"name\":\"diego.megino\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/image\/\",\"url\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/5884f173b7abd3aca8fa0207f2a13a47?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/5884f173b7abd3aca8fa0207f2a13a47?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"diego.megino\"},\"url\":\"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/author\/diego-megino\/\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH","og_description":"La delicada coyuntura por la que atraviesa nuestro pa\u00eds constituye una realidad manifiesta, de la que, por cierto, resulta ciertamente complejo abstraerse. Sin entrar en mayores debates, no cabe duda de que la econom\u00eda espa\u00f1ola est\u00e1 de capa ca\u00edda, de que recuperar en el corto plazo la senda del crecimiento se antoja una quimera y [&hellip;]","og_url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/","og_site_name":"Blog de Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos| UDIMA","article_published_time":"2011-05-30T08:30:18+00:00","article_modified_time":"2016-02-02T15:41:38+00:00","og_image":[{"width":506,"height":337,"url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg","type":"image\/jpeg"}],"author":"diego.megino","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"diego.megino","Tiempo de lectura":"11 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/","url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/","name":"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I) - Blog de RRHH","isPartOf":{"@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#website"},"primaryImageOfPage":{"@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage"},"image":{"@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage"},"thumbnailUrl":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg","datePublished":"2011-05-30T08:30:18+00:00","dateModified":"2016-02-02T15:41:38+00:00","author":{"@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/ede0236070e080a36588e33b94e3dbbf"},"breadcrumb":{"@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/"]}]},{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#primaryimage","url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg","contentUrl":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-content\/uploads\/imagen_defecto_blogs_udima.jpg","width":506,"height":337,"caption":"Alphabet on paper"},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/el-real-decreto-ley-52011-un-instrumento-eficaz-para-la-lucha-contra-el-empleo-sumergido-parte-i\/#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Portada","item":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"El Real Decreto-ley 5\/2011: \u00bfun instrumento eficaz para la lucha contra el empleo sumergido? (Parte I)"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#website","url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/","name":"Blog de Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos| UDIMA","description":"","potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/?s={search_term_string}"},"query-input":"required name=search_term_string"}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/ede0236070e080a36588e33b94e3dbbf","name":"diego.megino","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/#\/schema\/person\/image\/","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/5884f173b7abd3aca8fa0207f2a13a47?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/5884f173b7abd3aca8fa0207f2a13a47?s=96&d=mm&r=g","caption":"diego.megino"},"url":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/author\/diego-megino\/"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/110"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=110"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/110\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":820,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/110\/revisions\/820"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/media\/717"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=110"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=110"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.udima.es\/ciencias-trabajo-recursos-humanos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=110"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}