Se denomina ampliación blanca (o ampliación mixta compensada) a aquella en la que el accionista acude a la ampliación ejercitando sólo una parte de los derechos de suscripción que posee, vendiendo los restantes de forma que, con el dinero obtenido de la venta de esos derechos, obtenga la cantidad que tiene que pagar por la suscripción de las acciones nuevas, de forma que no tenga que desembolsar nada por la operación.

El accionista que realiza esta operación se ha de plantear el siguiente objetivo:

 

Importe obtenido por venta derechos suscripción = Precio a pagar por compra acciones nuevas

 

Para el caso de un individuo que tenga n acciones (y, por tanto, n derechos de suscripción), tendrá que vender un número «X» de ellos, al precio del mercado (pd), obteniendo: X x pd

Con los restantes derechos (n – X) acude a la ampliación, pudiendo suscribir un número de acciones nuevas determinado por la proporción de la ampliación:

 

Número de acciones nuevas a suscribir = (n – X) x Proporción ampliación

 

El desembolso por la compra de esas acciones nuevas será:

 

Número de acciones suscritas x Precio de emisión
(n – X) x Proporción ampliación x Precio de emisión

 

El inversor deberá obligar el cumplimiento de su objetivo de partida:

 

Importe obtenido por venta derechos suscripción = Precio a pagar por compra acciones nuevas

 

X x pd = (n – X ) x Proporción ampliación x Precio de emisión

 

de donde se despejará el número de derechos a vender (X) para luego determinar el número de acciones nuevas que se pueden comprar.

El número de acciones finalmente suscritas debe redondearse en función de las acciones nuevas de la proporción (siempre por defecto a la unidad).

 

EJEMPLO 5

La señora Pi posee 500 acciones de la sociedad «CATE, S.A.», la cual amplía su capital en la proporción de 2 acciones nuevas por cada 5 antiguas, emitiendo a la par las acciones necesarias, de la misma clase y con los mismos derechos que las antiguas (acciones de 5 euros nominales).

Las acciones se cotizan antes de la ampliación al 240%.

Se pide:

¿Cuántas acciones podrá suscribir la citada señora de forma tal que su posición de efectivo no varíe? La venta de los derechos que sean necesarios se realiza por su valor teórico.

Solución:

 

 

5 títulos antiguos valen 5 x 12 ……………………………… 60,00 €
Por 2 títulos nuevos se desembolsan …………………….. 10,00 €
——————————————————————————–
7 títulos después de la ampliación valen ………………… 70,00 €
Valor de una acción antes ampliación …………………….. 12,00 €
                                                                 70,00
Valor de una acción después ampliación ——— ………
                                                                    7
10,00 €

 

Valor teórico del derecho = 12,00 – 10,00 = 2,00 €

 

 

El planteamiento de la señora Pi consistirá en vender X derechos de los 500 disponibles al precio de mercado (2,00 euros). A continuación, acudirá a la ampliación ejerciendo los derechos no vendidos (500 – X) según la proporción de la ampliación (2 x 5) y entregando 5 euros por cada acción suscrita.

Para que su posición de tesorería no varíe (no tenga que pagar más dinero del que ha obtenido por la venta de los derechos) tendrá que hacer coincidir la cantidad ingresada por la venta de los derechos con la cantidad a pagar por la suscripción de las nuevas acciones. Así:

  • Importe obtenido por la venta de X derechos:

    X x 2,00

  • Importe a pagar por la compra de Y acciones:

                         2
    (500 – X ) x —- x 5,00
                         5

    Igualando ambas cuantías:

                                    2
    X x 2 = (500 – X) x —- x 5
                                    5

    X = 250 derechos a vender

El número de acciones nuevas que se podrá suscribir dependerá de los derechos pendientes de ejercer (500 iniciales – 250 vendidos) y la proporción de la ampliación (2 x 5). El resultado es:

                                                                             2
Número de acciones a comprar = (500 – 250) x —- = 100 acciones
                                                                             5

 

 

EJEMPLO 6

Don Óscar posee 1.000 acciones de la sociedad anónima «LOZAVI , S.L.» de 10,00 euros de nominal que anuncia una ampliación de capital de una acción nueva por cuatro antiguas, a la par. Manteniendo el mismo nominal y con los mismos derechos económicos que las antiguas.

Antes de la ampliación las acciones de esta sociedad cotizan a 12,00 euros.

Don Óscar desea acudir a la ampliación suscribiendo las acciones a las que tenga derecho, disponiendo para ello exclusivamente del dinero obtenido por la venta de los derechos de suscripción que no le sean necesarios.

La venta de los derechos supone un gasto de 0,01 euros/título más un importe total de 6 euros por diversos conceptos y la realiza por su valor teórico.

Se pide:

  1. Número de acciones que podrá comprar.
  2. Excedente de la operación.

Solución:

 

 

4 títulos antiguos valen 4 x 12 ……………………………… 48,00 €
Por 1 título nuevo se desembolsan …………………….. 10,00 €
——————————————————————————–
5 títulos después de la ampliación valen ………………… 58,00 €
Valor de una acción antes ampliación …………………….. 12,00 €
                                                                 58,00
Valor de una acción después ampliación ——— ………
                                                                    5
11,60 €

 

Valor teórico del derecho = 12,00 – 11,60 = 0,40 €

 

 

Don Óscar venderá X derechos de los 1.000 disponibles al precio de mercado (0,40 euros). A continuación, acudirá a la ampliación ejerciendo los derechos no vendidos (1.000 – X) según la proporción de la ampliación (1 x 4) y entregando 10,00 euros por cada acción suscrita.

Para que su posición de tesorería no varíe (no tenga que pagar más dinero del que ha obtenido por la venta de los derechos) tendrá que hacer coincidir la cantidad ingresada por la venta de los derechos –gastos incluidos– con la cantidad a pagar por la suscripción de las nuevas acciones. Así:

  • Importe obtenido por la venta de X derechos:

    X x (0,40 – 0,01) – 6,00

  • Importe a pagar por la compra de Y acciones:

                           1
    (1.000 – X) x —- x 10,00
                           4

    Igualando ambas cuantías:

                                                                    1
    X x (0,40 – 0,01) – 6,00 = (1.000 – X) x —- x 10,00
                                                                    4

El número de acciones nuevas que se podrá suscribir dependerá de los derechos pendientes de ejercer (1.000 iniciales – 868 vendidos) y la proporción de la ampliación (1 x 4). El resultado es:

                                                                                      1
Número de acciones a comprar = (1.000 – 868) x —- = 33 acciones
                                                                                      4


 

 

 

Importe neto obtenido por venta derechos [868 x (0,40 – 0,01) – 6,00] …..
332,52 €
Importe a pagar por compra acciones (33 x 10,00) ………………………………..
330,00 €
————————————————————————————————————
Excedente monetario (332,52 – 330,00) ……………………………………………..
2,52 €

 

Aunque en el planteamiento inicial se igualó el importe obtenido en la venta de los derechos con el precio a pagar por las acciones nuevas, se ha realizado un redondeo (por exceso) en el número de derechos vendidos, lo que ha generado ese excedente a favor del accionista.