Se entiende por activo todo bien que se posee y que tiene un valor de cambio.
Los activos se pueden clasificar en:
- Tangibles: bienes que poseen unas propiedades físicas específicas.
- Intangibles: bienes que proporcionan el derecho a percibir un beneficio futuro y que son independientes del soporte físico.
Los activos financieros (valores mobiliarios) son, por tanto, activos intangibles.
1.1. CONCEPTO
Los valores mobiliarios son documentos representativos de la participación de una persona en una sociedad, bien como prestamista (activos financieros de deuda), bien como propietario (activos financieros en propiedad), de la misma.
1.2. MOTIVOS PARA INVERTIR EN VALORES MOBILIARIOS
- Por motivo de rentabilidad: comprar títulos con intención de mantenerlos en cartera y recibir por ellos una renta.
- Por motivo de especulación: operación a corto plazo con objeto de vender a precio superior al de compra.
- Por motivo de control: para tener mayor poder de decisión y poder controlar la sociedad.
1.3. CLASES DE VALORES MOBILIARIOS
Atendiendo a la condición que adquiere el propietario de los títulos, los valores mobiliarios se pueden clasificar de la siguiente forma:
- Valores mobiliarios de renta variable: acciones.
Reconocen a su titular como propietario de la sociedad emisora, y, por tanto, partícipe en los resultados de la empresa. - Valores mobiliarios de renta fija: privada y pública.
El emisor del título reconoce al poseedor del título (inversor) la cuantía de una deuda que tiene contraída con él.
El poseedor del título tiene derecho a percibir un interés, que se denomina «cupón», y, en una fecha, que se denomina «fecha de amortización», tiene derecho a percibir la cantidad escriturada. - Valores mobiliarios de renta fija convertibles en acciones.
Acreditan a su titular como prestamista pero con la posibilidad de cambiarlos por acciones en los plazos y condiciones que se hayan fijado, si así lo desea el prestamista.
1.4. FORMAS DE ADQUISICIÓN DE VALORES MOBILIARIOS
- En mercado primario: suscripción de títulos nuevos emitidos por la sociedad.
- En mercado secundario: compra a un antiguo propietario de un título ya existente.
1.5.
ESQUEMA DE UNA OPERACIÓN DE COMPRA-VENTA EN UN MERCADO SECUNDARIO
1.6. TERMINOLOGÍA
En cualquier título mobiliario hay que distinguir distintos valores:
- Valor nominal. Es el que va impreso en el título.
Lo decide la entidad emisora (0,5, 1, 100 euros, …). - Valor de emisión. Es por el que se ponen en circulación.
Se suele expresar en porcentaje sobre el valor nominal. - Valor de cotización. El precio de un título en el mercado en un momento dado.
1.7. CARACTERÍSTICAS DE UNA EMISIÓN DE RENTA FIJA
En el folleto de emisión de títulos de renta fija aparecerá la siguiente información, de interés para el suscriptor:
- El importe total de la emisión.
- Número de títulos emitidos.
- Nominal de cada título.
- Precio de emisión de los títulos:
• A la par (por su valor nominal).
• Bajo la par (precio inferior al nominal). - El interés que se va a pagar:
• Expresado en porcentaje sobre el nominal del título (anual, semestral,…).
• Puede ser fijo o variable –referenciado a un índice–.
• Posibilidad de un cupón cero (no hay cupón periódico). - El período de amortización, indicando asimismo la forma de amortización de los títulos:
• Todos los títulos en el mismo momento.
• En varios momentos distintos, por sorteos.
• En varios momentos distintos, por reducción del nominal.
• Mediante amortización anticipada (si está prevista en las condiciones de emisión).
• Sin plazo de amortización (deuda perpetua). - El precio de amortización:
• A la par (reembolso por el nominal).
• Sobre la par o con prima de amortización (devolución por encima del nominal).
1.8. CARACTERÍSTICAS DE UNA EMISIÓN DE RENTA VARIABLE
La acción es un valor mobiliario que representa una parte proporcional del capital social de una sociedad.
El accionista (titular de una acción) es propietario de la sociedad, participando del riesgo económico de la sociedad y de los resultados de la misma. Si en un momento dado desea abandonar la sociedad no tiene otra alternativa que la venta de las acciones a un precio determinado por la libre negociación en el mercado secundario.
Entre otras cosas, en una emisión de acciones se indica:
- El nominal de cada título.
- El precio de emisión del título:
• A la par.
• Sobre la par.
• A la par, parcial o totalmente liberada, en cuyo caso el accionista paga una parte –liberada parcial– o nada –liberada total– y el resto lo aporta la sociedad emisora con cargo a sus fondos propios. - Plazo de suscripción.
Período en el que se puede comprar esos títulos. - El desembolso a realizar en el momento de la compra (mínimo el 25% del nominal y el 100% de la prima).
- El momento a partir del cual esas acciones tendrán derecho a dividendo.
- La fecha a partir de la cual las acciones nuevas que se emitan tendrán los mismos derechos que las antiguas, si las hubiera.
- Si se trata de una ampliación, la proporción de la ampliación (relación entre el número de acciones nuevas y el número de acciones antiguas que participan en la ampliación).
- Diferencia de dividendo.
Quiere decir que hay unos beneficios del ejercicio que corresponden a las acciones antiguas en circulación, a los que no tienen derecho las acciones nuevas que se emiten si la fecha de emisión es posterior al comienzo del ejercicio.
1.8.1. Derechos y obligaciones del accionista
1.8.1.1. Derechos
- A recibir el dividendo, si la sociedad obtiene beneficios y decide repartirlos.
Existe obligación por parte de la sociedad de retener a cuenta del impuesto sobre la renta, pudiéndose hablar de:
– Dividendo bruto.
– Dividendo líquido (dividendo bruto – retención).
Además se podrá dar:
– Dividendo a cuenta, de futuros beneficios.
– Dividendo complementario, esto es, la diferencia entre el dividendo definitivo y el entregado a cuenta. - De suscripción preferente en las ampliaciones de capital, en la parte que corresponda y al precio que se señale.
- A la parte que le corresponda en el caso de liquidación de la sociedad.
- Al voto en las decisiones, si posee el número mínimo fijado en los estatutos.
1.8.1.2. Obligaciones
• La obligación fundamental es la de pagar, en los plazos previstos, las cantidades pendientes (dividendo pasivo).