El día 1 de julio entrarán en vigor varias normas jurídicas promulgadas y publicadas en el BOE los días 30 y 31 de marzo, respectivamente:

Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

– Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de terrorismo

– Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

Se trata, sin duda, de la mayor modificación del Código Penal tras su entrada en vigor. El primer párrafo del Preámbulo de la primera norma citada (conviene leerlo) afirma: “El Código Penal aprobado mediante la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, es objeto de una completa revisión y actualización, en la conciencia de que el transcurso del tiempo y las nuevas demandas sociales evidencian la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones de nuestra norma penal”.

Veremos, con el tiempo, si esta reforma es acertada (algunas de las introducciones son ciertamente polémicas; por ejemplo, la de la prisión permanente revisable).