El Consejo General del Poder Judicial, reunido ayer 18 de enero en Pleno y sesión extraordinaria, aprobó una serie de acuerdos sobre el informe del Grupo de Estudios realizado en torno a los modelos de acceso a la Carrera Judicial.

Tras la oportuna reflexión, las Bases fijadas por el Consejo con respecto a los futuros procesos de selección de jueces son las siguientes:

1.- A la vista de la posible evolución de la legislación sobre el Espacio Europeo de Educación Superior y de las leyes de acceso a las profesiones jurídicas, podrá ser necesario reformar la legislación vigente en el sentido de permitir la participación en las pruebas de acceso a la Escuela Judicial a quienes se hallen en posesión de un Grado y un Máster de contenidos esencialmente jurídicos, con intervención del Consejo General del Poder Judicial.
2.- Deben adoptarse las medidas oportunas para racionalizar el tiempo de preparación para las pruebas de acceso, y que esta preparación permita el acceso a otras profesiones jurídicas a quienes, por decisión propia o por otras circunstancias, no culminen con éxito el proceso de selección.
3.- Las pruebas de acceso deben verificar la adquisición, o en su caso, la posibilidad de adquisición de las competencias técnicas, analíticas, relacionales y personales. Para ello, se desarrollarán en tres fases: una primera consistente en un ejercicio test, una segunda fase escrita y una tercera oral.
4.- Periódicamente, se realizará una previsión a medio plazo de las plazas a convocar.
5.- El Tribunal de evaluación de las pruebas debe ser único y sus miembros deben ser seleccionados en función de su preparación y especialidad; puede ser necesario reformar la legislación vigente para modificar su composición y prever su funcionamiento conjunto o por comisiones.
6.- El temario de los ejercicios debe ser racionalizado y acomodado a las exigencias prácticas de jueces en sus
primeros destinos.
7.- La Escuela Judicial debe seguir siendo selectiva de forma efectiva y el período de prácticas podrá incluir el ejercicio de jurisdicción.

Asimismo el Consejo considera que cualquier modificación legislativa o reglamentaria del modelo de acceso derivada de las bases anteriores debería contemplar un período transitorio.

Finalmente el Pleno agradece expresamente el esfuerzo desarrollado por el Grupo de Trabajo que ha elaborado los estudios que han servido para el desarrollo del debate mantenido, y reconoce sinceramente la profundidad de sus consideraciones. De igual modo manifiesta la voluntad de promover la participación de los órganos de gobierno interno del Poder Judicial, así como de las Asociaciones Judiciales y de los miembros de la Carrera Judicial, en los trabajos necesarios para el desarrollo de las Bases aprobadas, garantizando así la máxima transparencia, y procurando la más amplia aportación y consenso.

http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetRecords?Template=cgpj/cgpj/principal.htm

Véase su repercusión en la prensa: