La Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de 6 de abril de 2017, recurso 649/2016 recuerda que el matrimonio de complacencia o conveniencia, de acuerdo a la legislación española, sólo puede acarrear sanciones administrativas o derivar en un ilícito civil pero no penal, si no media ánimo de lucro y no existe usurpación […]